Ayudas sociales

ayudas sociales

Qué es una ayuda social

Se entiende por ayuda social cualquier prestación económica que se concede por parte del Ayuntamiento de Torrelavega destinada a prevenir o mitigar situaciones de riesgo de exclusión social de personas en grave situación económica.

Objetivos

  • Paliar necesidades específicas de aquellas a personas carentes de recursos económicos que temporalmente no puedan percibir otras prestaciones.
  • Propiciar la mejora de las condiciones personales y/o familiares.

Ayudas sociales municipales

a) Ayudas abiertas todo el año

Alquiler de vivienda

ayudas vivienda

1) Ayuda para primera mensualidad y fianza

Finalidad
Atender los gastos de la primera mensualidad y la fianza derivados de un contrato de arrendamiento, como consecuencia de un desahucio judicial, del abandono del domicilio habitual por violencia de género, de la finalización sin prórroga de un contrato anterior, de la declaración de ruina del inmueble, o por cualquier otra circunstancia análoga.

Beneficiarios
Unidades familiares que se encuentren en situación momentánea, urgente y sobrevenida de falta de vivienda y que carezcan de recursos suficientes para atender dicha situación.

Cuantía
La cuantía máxima será igual al importe de dos mensualidades de la renta sin superar el importe de aplicar el índice del 2,00 al IPREM mensual vigente.

Documentación
Además de la documentación general,

  1. Contrato de arrendamiento de la vivienda.
  2. Declaración responsable de que la vivienda cumple los requisitos exigidos.
2) Ayuda para arrendamientos ya existentes

Finalidad
Atender los gastos de la renta del contrato de alquiler de una vivienda que se destine a residencia habitual.

Beneficiarios
Las unidades familiares que carezcan de recursos para atender el pago de la renta, siempre que el importe total de sus ingresos no supere los umbrales máximos.

Cuantía
Estará en función de la renta mensual de alquiler, del número de miembros y de los ingresos totales de la unidad familiar.

Documentación

Además de la documentación general, contrato de arrendamiento de la vivienda:

  1. Declaración responsable en la que conste que la vivienda cumple todos los requisitos exigidos.
  2. Documentación acreditativa de haber solicitado cualquier ayuda convocada por el Gobierno de Cantabria para la misma finalidad.

Normativa

Alojamiento en pensiones o pisos compartidos

ayudas vivienda

1) Alojamiento en pensiones o pisos compartidos

Finalidad

Atender el pago del alquiler de estancias en un piso compartido o los gastos de alojamiento en pensiones, destinadas en amboscasos a residencia habitual de la unidad familiar.

Beneficiarios

Unidades familiares que residan en la estancia o alojamiento y carezcan de recursos económicos para atender el pago del alquiler o los gastos de alojamiento; siempre que el importe total de sus ingresos no supere el que resulte de aplicar un incremento del 25 por 100 sobre los umbrales de grave situación económica conforme se definen en el artículo 4 de la  Ordenanza.

Cuantía

a) Cuando el importe de la renta mensual o los gastos mensuales de alojamiento, sea superior al que resulte de aplicar el índice del 0,70 al IPREM mensual vigente en el ejercicio; la cuantía mensual máxima de la prestación será el resultado de aplicar el citado índice.

b) Cuando el importe de la renta mensual o los gastos mensuales de alojamiento, sea inferior al que resulte de aplicar el índice del 0,70 al IPREM mensual vigente en el ejercicio; la cuantía mensual máxima de la prestació será igual al importe de la renta que figure en el contrato o de los gastos de alojamiento que se justifiquen.

c)La cuantía total de la ayuda para todos los meses que se conceda, no podrá superar el importe que resulte de aplicar el índice del 3,50 al IPREM mensual vigente en el ejercicio correspondiente.

d) En la resolución de concesión de la ayuda se determinará su duración máxima, sin que pueda exceder de nueve (9) mes

Requisitos 

  1. Que la persona interesada esté empadronada y resida de forma ininterrumpida en el término municipal de Torrelavega, con una antelación mínima de doce (12) meses contados desde la fecha de presentación de la El resto de los miembros de la unidad familiar deberán estar empadronados y residir de forma efectiva en el término municipal de Torrelavega, en la fecha de presentación de la solicitud.
  2. Que todos los miembros de la unidad familiar carezcan de vivienda alguna en propiedad, tanto en éste como en otro municipio; salvo que se acredite algún impedimento legal o situación de hecho, tal como la ruina o el mal estado de conservación del inmueble, que impida el uso de la vivienda.
  3. Que la vivienda o alojamiento vinculado a la solicitud de ayuda, esté radicada en el término municipal de Torrelavega.
  4. Que, entre la persona interesada o los miembros de la unidad familiar y el propietario del alojamiento o el piso compartido vinculado a la solicitud de ayuda, no exista relación de parentesco hasta el cuarto grado de  consanguinidad o afinidad, inclusive
  5. Que la unidad familiar disponga de ingresos para que pueda continuar haciendo frente al pago del alquiler o los gastos de alojamiento cuando finalice la ayuda social prevista en este artículo.
  6. Contrato de arrendamiento de las estancias que se ocupan dentro de la vivienda compartida; o, en su caso, justificante que acredite la reserva del alojamiento o recibo acreditativo del pago de una mensualidad
  7. Declaración responsable en la que conste que la vivienda objeto del contrato de arrendamiento vinculado a la solicitud de ayuda, cumple los requisitos señalados en el apartado 4,c) anterior.
  8. Presentar los recibos o justificantes del pago de la renta o de los gastos de alojamiento, antes del día 5 del mes
  9. No subarrendar las estancias que ocupan, ni admitir su uso por terceras personas que no formen parte de la unidad familiar, sea éste sin contraprestación o a bajo precio
  10. No ocupar la estancia o alojamiento por más de dos (2) personas adultas por habitación.
  11. No percibir ningún miembro de la unidad familiar, mientras son beneficiarios de esta ayuda, otra subvención o ayuda económica por el mismo concepto, otorgada por esta o cualquier otra Administración

Normativa

Gastos hipotecarios

ayudas vivienda

Gastos hipotecarios

Finalidad

Prevenir  el riesgo de exclusión social que puede suponer la pérdida de la vivienda que constituye la residencia habitual y permanente de la unidad familiar o de convivencia.

Beneficiarios

Unidades familiares que residan en la vivienda hipotecada y carezcan de  recursos económicos para atender el pago de las cuotas de amortización hipotecaria del préstamo concertado para la  adquisición de la vivienda; siempre que el importe total de los ingresos de la unidad de convivencia no supere el que  resulte de aplicar un incremento del 25 por 100 sobre los umbrales definidos como grave situación económica en el artículo 4 de la Ordenanza.

Cuantía

La cuantía máxima de esta prestación será de tres cuotas de amortización hipotecaria, sin que el importe total de la ayuda pueda superar el importe que resulte de aplicar el índice del 4,00 al IPREM mensual vigente en el ejerciciocorrespondiente

Requisitos 

  1. Que el interesado esté empadronado en el término municipal de Torrelavega, con una antelación mínima de doce  (12) meses contados desde la fecha de presentación de la solicitud. El resto de los miembros de la unidad familiar  deberán estar empadronados en el término municipal de Torrelavega, en la fecha de presentación de la solicitud.
  2. Que la persona solicitante sea titular de un préstamo hipotecario sobre la vivienda que es su domicilio habitual y  permanente, y que acredite haber pagado al menos doce (12) cuotas de amortización desde la formalización del  préstamo hipotecario o menos en caso de formalización posterior al año.
  3. Que el importe mensual de las cuotas de amortización no supere el importe que resulte de aplicar el índice del 0,80 al IPREM mensual vigente en el ejercicio correspondiente.
  4. Que todos los miembros de la unidad familiar carezcan de vivienda alguna en propiedad, tanto en éste como en otro municipio; salvo que se acredite algún impedimento legal o situación de hecho, tal como la ruina o el mal estado de conservación del inmueble, que impida el uso de la vivienda en propiedad.
  5. Que la vivienda vinculada a la solicitud de ayuda, esté radicada en el término municipal de Torrelavega y cuente con condiciones para ser habitable.

Documentación:

  1. Declaración responsable en la que conste que la vivienda vinculada a la ayuda que se solicita, cumple los
  2. Documento formalizado por la entidad que haya concedido el préstamo hipotecario, en el que conste el nombre de la persona deudora, el inmueble hipotecado, la fecha de constitución del préstamo, las cuotas vencidas del mismo y la cuenta bancaria en la que se efectuarán los ingresos de la ayuda concedida.

Normativa

Cobertura de necesidades básicas

ayudas necesidades básicas

Finalidad
Atender los gastos por compra de alimentos, productos básicos de higiene personal, de limpieza de la casa u otros de similar naturaleza.

Beneficiarios
Unidades familiares que se encuentren en dificultades económicas.

Cuantía
La cuantía máxima mensual resultará de restar los ingresos mensuales que perciban todos los miembros a las siguientes cantidades:

  • 1 persona = 0.80*IPREM
  • 2 personas = 1.05*IPREM
  • 3 personas = 1.15*IPREM
  • 4 o más = +0.10*IPREM del tramo anterior por persona

Esta ayuda se concederá por un (1) mes, prorrogable mes a mes hasta un máximo de seis (6) meses. No obstante podrá ser de pago único.

Normativa

Documentación

Adquisición de medicamentos

ayudas medicamentos

Finalidad
Atender los gastos de adquisición de medicamentos cubiertos por el Sistema Nacional de Salud y prescritos por un facultativo del citado Sistema.

Beneficiarios
Las unidades familiares que cumplan los requisitos de carácter general.

Cuantía
La cuantía máxima mensual será la que resulte de aplicar el índice del 0,10 al importe mensual del IPREM, por cada miembro que incurra en gastos de medicamentos hasta un máximo del 0,30 del IPREM mensual.
Se concederá por un (1) mes, prorrogable mes a mes hasta un máximo de seis (6) meses.

Normativa

Ayuda para transporte

ayudas transporte

Finalidad
Atender los gastos de desplazamiento para recibir tratamientos terapéuticos o asistir a actividades de formación ocupacional que tengan lugar fuera del término municipal de Torrelavega.

Beneficiarios
Las unidades familiares que cumplan los requisitos generales.

Cuantía
Los gastos derivados del desplazamiento de los miembros de la unidad familiar, hasta el máximo resultante de aplicar el índice del 0,10 al importe mensual del IPREM vigente.
La ayuda social para transporte se concederá como máximo por el periodo de duración del tratamiento o de la actividad.

Documentación
Además de la documentación general, documentación acreditativa del tratamiento terapéutico o actividad de formación, en la que conste el lugar de celebración y las fechas de inicio y terminación.

Normativa

Suministro eléctrico y de gas (con aviso de corte)

ayudas suministros básicos vivienda

Finalidad
Atender los gastos derivados del suministro de energía eléctrica o de gas de la vivienda siempre que exista aviso de corte.
Con carácter general, no serán gastos los que se hayan originado por la contratación de una nueva alta de estos servicios.

Beneficiarios
Unidades familiares que cumplan los requisitos exigidos.

Documentación
Además de la documentación general deberá aportarse:

  1. Justificante de aviso de corte del suministro.
  2. Fotocopia de haber presentado la solicitud del bono social o cualquier otro tipo de descuento o ayuda que pudiera aplicarse a estos suministros.

Cuantía
La cuantía será igual a la suma de los importes que adeude la unidad familiar por todos los conceptos, hasta el máximo resultante de aplicar el índice del 0,80 al importe mensual del IPREM.

Normativa

Fondo extraordinario de suministros básicos (ICASS)

ayudas suministros básicos vivienda

Finalidad
Atender los gastos derivados del suministro de energía eléctrica o de gas de la vivienda siempre que exista aviso de corte.
Con carácter general, no serán gastos los que se hayan originado por la contratación de una nueva alta de estos servicios.

Beneficiarios
Unidades familiares que cumplan los requisitos exigidos.

Documentación
Además de la documentación general deberá aportarse:

  1. Justificante de aviso de corte del suministro.
  2. Fotocopia de haber presentado la solicitud del bono social o cualquier otro tipo de descuento o ayuda que pudiera aplicarse a estos suministros.

Cuantía
La cuantía será igual a la suma de los importes que adeude la unidad familiar por todos los conceptos, hasta el máximo resultante de aplicar el índice del 0,80 al importe mensual del IPREM.

Normativa

b) Ayudas de convocatoria anual

Compra de libros y material escolar

ayudas libros de texto y material escolar

Finalidad
La adquisición de libros de textos y material escolar para niños entre 2 y 5 años.

Beneficiarios
Los padres o tutores legales de los menores de edad que cumplan los requisitos exigidos.

Requisitos
Además de los requisitos generales, el solicitante y los menores deberán estar empadronados en Torrelavega:

  1. Estar escolarizados en colegios del término municipal.
  2. No percibir la ayuda de ningún otro organismo o entidad para el mismo fin.
  3. Los ingresos de la unidad familiar no deberán superar los límites establecidos.

Cuantía
La que se determine en la convocatoria.

Plazo de presentación
El que establezca la convocatoria.

Documentación
Ver en las bases

Normativa

Energía e Internet

agua, gas y electricidad

Finalidad
Atender al pago de los suministros de Energía e Internet en la vivienda habitual

Requisitos
Además de los requisitos generales, estar empadronado y residir en el término municipal de Torrelavega con una antigüedad mínima de 6 meses

Cuantía

La que se establezca en la convocatoria anual.

Plazo de presentación
El que establezca la convocatoria anual.

Documentación a presentar

  1. Además de la documentación general, en caso de suministros de viviendas arrendadas, contrato en vigor y una declaración responsable suscrita por la persona arrendadora en la que manifieste que los suministros están a su nombre y que el obligado al pago es la persona arrendataria.
  2. Documentación acreditativa de haber presentado las solicitudes para ser beneficiario del «bono social» y de las bonificaciones del canon de saneamiento del Gobierno de Cantabria.

Normativa

Otras ayudas

Ayudas de Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS)

El servicio de bienestar social de Torrelavega colabora con el Instituto Cántabro de Servicios Sociales (ICASS) en las labores de información y tramitación de las siguientes ayudas: